No se exige el CAP a los conductores de vehículos:
De 45 km./h. de velocidad máxima.
Utilizados por los servicios de las fuerzas armadas.
De ensayo que estén sometidos a pruebas en carretera con fines de mejora técnica o mantenimiento.
Utilizados en situaciones de emergencia (o que estén destinados a misiones de salvamento).
Utilizados en clases prácticas destinadas a la obtención del permiso de conducir (o CAP).
Utilizados para el transporte privado particular de viajeros o mercancías.
Que transporten material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción no represente la actividad principal del conductor.
El CAP se puede obtener en base a dos modalidades:
Cualificación inicial ordinaria: 280 h
Cualificación inicial acelerada: 140 h
Estarán exentos de la cualificación inicial, entre otros, los conductores que sean titulares de los siguientes permisos de conducción:
De una de las categorías D1, D1+E, D, D+E o de un permiso reconocido como equivalente, expedido antes del 11 de septiembre de 2008.
De una de las categorías C1, C1+E, C, C+E o de un permiso reconocido como equivalente, expedido antes del 11 de septiembre de 2009.